Así, todos los trabajadores del Estado nacional podrán realizar sus tareas por medio del teletrabajo con excepción de quienes se desempeñan en: – Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS). – Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). – Personal de las Fuerzas de Seguridad Federales – Personal de las Fuerzas Armadas. – Personal del Servicio Penitenciario Federal. – Personal de salud y del sistema sanitario. – Personal del cuerpo de Guarda Parques Nacionales Decreto (N° 1455/87) y el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego (Decreto N° 192/21). – Dirección Nacional de Migraciones. – Registro Nacional de las Personas (RENAPER). – Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). – Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)”. Así los trabajadores de la Anses y del PAMI, que estuvieron exceptuados del trabajo presencial hasta el 31 de marzo pasado deberán volver a prestar servicio desde las dependencias de esos organismos. Según explicó el Gobierno, estas dos nuevas excepciones se deben a “la cercanía que estas organizaciones tienen con personas que, en muchos casos, no se encuentran familiarizadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs)”. De esta manera, tanto el personal de la ANSeS como el del PAMI deberán volver este lunes a las oficinas para atender de manera presencial, mientras que el resto del sector estatal sí continuará con el teletrabajo para “preservar las prestaciones estatales de servicio y la salud pública”. Además, se volvió a invitar al Poder Judicial, al Legislativo, a las provincias, a la Ciudad de Buenos Aires y al sector privado, a “adoptar medidas similares” para limitar aún más la circulación de personas en las calles. Decisión Administrativa 303/2021: Boletín Oficial Teletrabajo.pdf